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La
salida de los familiares:
Se realiza desde las casas del novio y de la novia respectivamente y por
el siguiente orden: familiares (primero los jóvenes y después los
más mayores), el novio o la novia con los padrinos. El novio sale de su
casa acompañado de su madre. La novia lo hace acompañada de su padre e
irá a su derecha; llegará la última.
La
colocación en la iglesia:
Los familiares e invitados de la novia se colocan en el lado derecho y los
del novio en el lado izquierdo.
Lo harán antes de que llegue la novia.
Los padrinos se colocan en el presbiterio, en el lado derecho.
El novio se situará a la izquierda de su madre donde la estará esperando
su marido y los testigos.
La novia
entra en la iglesia:
a los acordes de la marcha nupcial, acompañada de su padrino. Al
llegar al pie del altar ocupa la derecha del novio, hasta que reciba la
bendición matrimonial, momento en que se coloca a la izquierda.
Durante
la ceremonia, el novio coloca el anillo de boda a la novia; y, a
continuación, ésta al novio.
Salida
de la iglesia:
Después de haber firmado el acto los padrinos y testimonios, precedidos
de los novios y nuevamente a los acordes de una marcha salen los recién
casados, seguidos de los suegros, formándose la comitiva así: novia y
novio, madre de la novia y padre del novio, madre del novio y padre de la
novia; los hombres a la derecha y las señoras a la izquierda. Los demás
invitados salen formando parejas, primero los de mayor rango.
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Casamientos
católicos
Dónde casarse
Los matrimonios cristianos se realizan exclusivamente en los templos
parroquiales.
Quién
puede celebrar el matrimonio
Desde el punto de vista teológico, el matrimonio cristiano es un
sacramento que los esposos se administran mutuamente. El sacerdote
celebra la boda como testigo. El matrimonio es consumado, generalmente,
por el párroco que oficia en la parroquia elegida. Pero la mayoría de
las parroquias permite que cualquier otro sacerdote lo haga, previa
autorización del párroco correspondiente.
Requisitos
que deben cumplir los novios para casarse
1- Ser solteros para la iglesia (ningún miembro de la pareja puede
tener otro matrimonio religioso anterior, salvo caso de nulidad del
mismo). Un matrimonio civil anterior de alguno de los novios con otra
persona supone una autorización del obispo, que puede gestionarse a
través de la parroquia que celebrará el casamiento.
2- Estar bautizados en la Iglesia católica. Como comprobante, los
novios deberán presentar sus certificados de bautismo en la parroquia
donde se efectuará el matrimonio.
3- Cumplir con el curso prematrimonial. Se accede a este requisito
asistiendo a una serie de charlas en las que se tocan diversos temas que
hacen al matrimonio cristiano y a la futura vida en común de los
esposos. Estos cursos son grupales. Al finalizar, la parroquia que los
ha dictado extiende a los novios el certificado correspondiente.
Requisitos
que deben cumplir los padrinos
Absolutamente ninguno. Cualquier persona, independientemente de la
religión que profese, puede ser padrino de la ceremonia religiosa
Trámites
previos
1. El pase: la Iglesia determina que el matrimonio debe celebrarse
en la parroquia que corresponde a la novia; es decir, la más cercana a
su domicilio. En el caso de que los novios prefieran otra parroquia,
deben dirigirse a la de origen para que ésta gestione un sencillo trámite
que se denomina "pase".
2. La reserva: una vez que los novios hayan decidido dónde casarse,
conviene dirigirse de inmediato a la parroquia elegida para solicitar
turno. En algunas, basta con hacer la reserva unas semanas antes; en
otras, las fechas se establecen con un lapso de un año a seis meses de
anticipación.
3. El expediente matrimonial: es un cuestionario doble. En la primera
parte, cada uno de los novios por separado es interrogado acerca de sus
motivos para casarse, su libertad o no al respecto y sus intenciones
para el futuro. La segunda parte está dirigida a los testigos, que son
convocados para dar fe de esa relación.
Acerca
del expediente matrimonial, conviene saber que:
-Cuándo se realiza: la parroquia establece la cita con los novios y los
testigos, generalmente unos días después de la reserva de la fecha. En
el caso de que el casamiento vaya a efectuarse por medio de un pase,
este trámite también puede llevarse a cabo en la parroquia de origen.
- Cuántos testigos se necesitan: uno por la novia y otro por el novio.
- Quiénes pueden ser testigos: cualquier persona mayor de edad,
preferentemente no familiar de ninguno de los novios.
- Qué documentos deben presentarse: solamente los DNI de los testigos.
Acerca
del curso prematrimonial, conviene saber que:
- Dónde se hace: no todas las parroquias ofrecen cursos
prematrimoniales, aunque sí la gran mayoría de ellas. Conviene, por lo
tanto, comunicarse con el lugar elegido para hacer averiguaciones al
respecto.
- Qué tener en cuenta para la elección, los factores que varían
concretamente en cada parroquia son:
. La duración de los cursos (generalmente, una a dos horas, dos o tres
veces por semana, durante quince días, pero hay cursos más intensivos
a los que se asiste todos los días, dos o tres horas, durante una
semana).
. El horario (en general nocturno).
- Cuándo hacerlo: depende de cuánto tiempo antes deban presentar el
comprobante en la parroquia en la que celebrarán su matrimonio. Como
norma, el lapso varía entre el año y los seis meses previos a la boda.
Una vez evaluados estos factores, los novios pueden elegir libremente dónde
hacer el curso prematrimonial.
Qué
hacer si...
Uno o ambos novios no tienen el certificado de bautismo en su poder
Lo pueden conseguir fácilmente dirigiéndose a la parroquia en la que
se celebró el bautismo, allí se extenderá la constancia
correspondiente. Si esta vía falla por algún motivo (desconocimiento
de los novios, inexistencia actual de la parroquia, imposibilidad de
acceder a la misma por razones de distancia, etc.), la persona puede
realizar una declaración en la vicaría zonal para que su cualidad de
bautizado sea reconocida.
Uno o ambos novios no están bautizados
Pueden optar por bautizarse antes del casamiento. El bautismo se obtiene
mediante la asistencia a un breve curso, que puede realizarse en
cualquier parroquia.
Uno de los novios profesa otra religión (y no desea bautizarse)
La iglesia ofrece un tipo de ceremonia especial que se denomina
matrimonio mixto. En este caso, es necesario pedir una dispensa al
obispo, que se puede tramitar a través de la parroquia donde se
celebrará la boda.
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El
matrimonio civil
Dicen
que los papeles no garantizan el amor. Pero para hacerlo legal, existe
una serie de trámites ineludibles. He aquí los requerimientos civiles.
Todo lo que hay que hacer y saber.
Dónde
casarse
El
matrimonio se efectúa en la sede del Registro Civil que corresponde por domicilio. Es decir, para casarse en
una sede determinada, en los documentos (DNI, LC o LE de cualesquiera de
los dos contrayentes) deberá figurar un domicilio de la sección, con
antigüedad no menor a 30 días al momento de pedir.
Trámites
previos
Cualesquiera
de los contrayentes, con los DNI de ambos, debe presentarse en la sede
correspondiente 28
días corridos antes del día que quieran realizar la
ceremonia por civil.
Al momento de la reserva, el registro civil entrega a los novios:
- El expediente matrimonial (una forma donde deben completarse datos
filiatorios y legales de los contrayentes);
- El formulario para los análisis prenupciales (una serie de exámenes
clínicos para determinar la aptitud física de los mismos).
Acerca de los análisis prenupciales, conviene saber:
- Dónde hacerlos.
Cuándo
hacerlos: los resultados de los estudios prenupciales tienen validez sólo
por una semana; por lo tanto, no pueden realizarse antes de los siete días
previos a la boda.
Cualesquiera de los contrayentes debe presentarse nuevamente en la sede
correspondiente tres días exactos antes de la boda, y llevar los
resultados de los análisis prenupciales, el expediente matrimonial, los
DNI de los novios y los de los testigos (no sus fotocopias).
Requisitos
que deben cumplir los novios para casarse
Además
de presentar el expediente matrimonial completo, sus documentos y los análisis
prenupciales que certifiquen su aptitud física, los contrayentes deben
ser solteros para las leyes argentinas (o viudos o divorciados) y
mayores de edad.
Qué
hacer si los contrayentes:
Son menores de 21 años:
Deberán presentar partida de nacimiento (original y fotocopias) y
documentos de los padres.
Son divorciados:
Deberán presentar acta de matrimonio con divorcio vincular asentado
(original y fotocopias).
Son viudos:
deberán adjuntar partida de defunción (original y fotocopias) y
libreta o acta de matrimonio (original y fotocopias)
Requisitos
que deben cumplir los testigos
Pueden
ser testigos del matrimonio civil, ciudadanos argentinos y mayores de
edad (o totalmente emancipados) exclusivamente. Se requiere un testigo
por cada contrayente, pero pueden incorporarse testigos extra.
Matrimonio
civil a domicilio: ¿cuándo hacerlo?
Por
imposibilidad física: cuando uno o ambos contrayentes se encontraran físicamente
imposibilitados de concurrir al registro civil, por causa de enfermedad,
el matrimonio podrá celebrarse en el domicilio del
impedido, ante 4 testigos, con exámenes prenupciales, y se acreditará
la imposibilidad de ambular mediante certificado médico.
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